Álvaro Reina Lorenzo-Penalva
viernes 20/03/2015 a las 12:42
Dentro de las obligaciones del arrendatario (su inquilino), está el pagar la renta, al no haber pagado la misma durante 6 meses, él ha incumplido el contrato, por lo que usted esta legitimado para resolverlo desde el momento en el que no se le abona la renta.
Por este motivo, usted puede iniciar dos procedimientos; el primero de desahucio, para recuperar su propiedad, echando al inquilino y tomando al posesión de su inmueble; el segundo reclamación de rentas impagadas.
En nuestro despacho somos especialistas en derecho arrendaticio, por lo que si no conoce un abogado de su confianza para interponer dichos procedimientos, quedamos a su disposición para asesorarle debidamente.
Álvaro Reina Lorenzo-Penalva. Abogado
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